Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1860-1861 (Cortes de 1858 a 1863)
Sesión: 15 de enero de 1861
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica:
Número y páginas del Diario de Sesiones: n.º 73, 1.129 a 1.132
Tema: Modificación del empalme del ferrocarril de Albacete a Cartagena con el de Madrid

El Sr. SAGASTA: No voy a hacerme cargo de las primeras palabras que el Sr. Ministro ha pronunciado, porque bueno es que a quien le faltan razones, se le permita algún desahogo. Por eso paso por alto lo que ha dicho S.S. acerca de la palabra que ni siquiera usé de una manera concreta, sino que, expresando mi opinión, llamé subvención innecesaria a la concedida a la empresa. Pero en fin, repito que al que le faltan razones, es preciso dejarle desahogo; no hago mérito de esas palabras; las paso por alto.

El Congreso habrá observado que el Sr. Ministro de Fomento ha querido buscar la base de la solución que he dado en este asunto en un error cometido ya por los cuerpos facultativos que hicieron el trazado, ya las Cortes cuando confeccionaron la ley. Dice S.S.:" lo que después se ha hecho, la resolución que he tomado, es consecuencia de un error cometido por el cuerpo facultativo que hizo los trazados, y por Ias Cortes que hicieron la ley. "

Voy a hacerme cargo de esas consideraciones, porque son a las que más fuerza ha procurado dar el Sr. Ministro de Fomento, como si fueran la única razón que pudiera abonar la resolución que ha tomado S.S.

El Sr. Ministro de Fomento sabe mejor que nadie quizá, que cuando se hizo la ley, cuando vino el proyecto de ley a las Cortes, en la Memoria descriptiva del proyecto se discutía extensamente la cuestión de empalme. (El Sr. Uria: Pido la palabra) En dicha Memoria se hablaba de la conveniencia de empalmar en Albacete, ni más abajo ni más arriba. Y en todo el curso de la discusión que sobre esto hubo resultó que la conveniencia general del país y sus intereses de todas clases exigían que el empalme fuese en Albacete, y no en Chinchilla ni otro punto cualquiera.

Sabe S. S. que et Gobierno decía que era conveniente acortar la distancia entre Cartagena y Madrid, ya por la importancia estratégica de aquel punto, ya por su población, ya por ser departamento marítimo, y que esta era la idea política del Gobierno al acortar la distancia entre la cote y Cartagena.

Se discutió ampliamente la cuestión del empalme y todos los puntos de la Memoria del proyecto, y se resolvió que partiera de Albacete. El Sr. Ministro de Fomento lo sabe perfectamente, porque como Diputado estaba interesado en esa línea, y si S.S. abogó entonces como Diputado por aquel empalme, ¿por qué ahora como Ministro le parece tan malo que el empalme sea en Albacete, que tan bueno le parecía en aquella ocasión? Los Sres. Diputados por Murcia que me están oyendo, saben bien que entonces se discutió mucho la cuestión de empalme, y que se acordó fuese en Albacete, porque de esta manera se creyó que se acortaba la distancia, y además porque el empalme era en un punto de grande importancia y que debía ser en una capital de provincia como Albacete, y no en otro punto secundario como Chinchilla. Por estas razones se acordó entonces que el empalme fuese en Albacete y no en Chinchilla, en Almansa ni ningún otro punto.

Vea pues el Sr. Ministro de Fomento cómo ni los cuerpos facultativos ni el cuerpo legislativo se olvidaron de las cuestiones que S.S. cree que pasaron para ellos desapercibidas, ni tampoco se olvidó S.S. entonces de ellas porque daba mucha importancia a Albacete. Ahora S.S., como Ministro, ha tomado una resolución que contraría sus deseos como Diputado.

Las mismas consideraciones que S.S. ha expuesto aquí para que la línea parta de Chinchilla en vez de Albacete, se hicieron precisamente en la memoria que venía juntamente con el proyecto, y sin embargo las Cortes convinieron en que era necesario que el país hiciera un sacrificio porque era conveniente que la línea arrancara de Albacete. Lejos de haber habido descuidos ni errores, como S.S. pretende, esos errores podía atribuírselos a sí mismo y no a otros, porque el interés general del país exigía que la línea partiese de Albacete y no de Chinchilla. No parece sino que la empresa concesionaria ha iniciado ella una cuestión que viene tratándose creo que desde el año 50; no parece sino que la empresa concesionaria ha resuelto una cosa que nadie ha resuelto ni tratado de resolver, y que quiere que se la dé una especie de privilegio con una subvención innecesaria por ese descubrimiento. No hay nada de eso; es una cuestión ampliamente tratada en la Memoria del ingeniero, y ampliamente tratada y discutida en Ias Cortes; y el señor ministro de Fomento tanto como el que más convino y defendió que el empalme fuera en Albacete, contra lo que hoy ha adoptado una resolución contraria. Y es más: fue una cuestión tan debatida; se miró tanto por los intereses del Estado, que después de una larga discusión económico-administrativo-estratégica, se acordó que el punto de empalme de la línea fuera Albacete, no Chinchilla ni ninguno de los otros puntos próximos.

Pero dice el Sr. Ministro de Fomento: el Gobierno lo que se ha propuesto con esa modificación, es una mejora importantísima, porque sin alargar mucho la distancia de Madrid a Cartagena, y si se alarga un poco o un mucho, ya se contraria el espíritu de la ley, sin alargar mucho, repito, la distancia de Madrid a Cartagena, se acorta mucho la distancia de Cartagena a Alicante.

Aquí le diré a S.S. que no son exactos los números qua ha citado; y digo que no son exactos, porque voy a tomar los mismos números que presente la empresa; el camino derecho de Albacete a Pozo Cañada, y el que propone la empresa forman un triángulo; uno de los lados es el trayecto oficial establecido en la ley; los otros dos lados constituyen la variación que propone la empresa; el lado del trayecto oficial tiene 27 kilómetros, los otros dos tienen uno 18 y el otro 13. ¿Qué resulta de aquí? Que para ir a Pozo Cañada desde Madrid se rodean cuatro kilómetros y medio porque Pozo Cañada está a los 31 kilómetros del trazado modificado, y antes de los 27 en el primitivo, diferencia cuatro y medio kilómetros; de manera que están en la relación de uno o siete. Ahora bien:¿será conveniente esta modificación? Yo le pregunto al Sr. Ministro de Fomento: ¿cree S.S. que será esa la relación que exista entre el cambio de los productos de Cartagena con los del centro de las Castillas y con Alicante y Valencia?

Señores, todas las fuerzas productoras de la provincia de Murcia son exactamente iguales a las fuerzas productoras de las provincias de Alicante y Valencia; el clima, el suelo, todo contribuye a que los productos de unas y otras provincias sean iguales; la seda, el esparto, las frutas todas son lo mismo poco más o menos en Murcia que en Alicante y en Valencia.

Por consiguiente los productos de Murcia no pueden ir a Alicante ni a Valencia; porque ¿a qué han de ir allí? ¿A competir con productos iguales? Sería inútil y perjudicial para ellos: eso es claro, eso es evidente. La única excepción que pudiera haber sería la del arroz; pero esté seguro S.S. que el arroz no irá por ahí, sino por mar.

¿Qué resulta pues de aquí? Que todas las relaciones comerciales, que el cambio de todos los productos de Murcia y Alicante, que los mismos viajeros de estas provincias, donde han de ir no es a Valencia, sino a otras provincias [1.129]de España; esto es claro; han de ir a las dos Castillas, a Madrid, etc. para cambiar y tratar del cambio de sus productos con los cereales, que por lo general son escasos en Murcia y Alicante. Luego si el cambio de productos y viajeros de las provincias de Murcia y Alicante ha de ser con las provincias que acabo de indicar, no ya la relación de uno o siete, sino de uno a 500, es la que deberá haber para que tenga cuenta el hacer esa modificación: es seguro que vendrán a Madrid, a las dos Castillas, etc. 500 toneladas de mercancías, o 500 viajeros por uno que vaya desde Murcia a Alicante o a Valencia.

Luego la modificación que se propone debería acortar de uno a 500 la distancia de Cartagena a Madrid, en lugar de aumentarla; la relación es contraria, pues es alargando, sin embargo que no es más que de uno a siete; luego la modificación que se propone en el trazado no es conveniente, como no lo es ninguna modificación que no acorte, no ya esos 4 kilómetros, sino 16 o 20, la distancia desde Madrid a Murcia y Cartagena. Ni las mercancías ni los viajeros han de ir desde Murcia a Alicante o a Valencia por este ferrocarril; irán por los caminos que allí hay, porque tienen comunicaciones directas, y si no las tienen, deben tenerlas; pero yo sé que las hay; y naturalmente han de preferir el andar por ellas 20 o 30 kilómetros al ir 300 kilómetros por ferrocarril; así como las mercancías y los viajeros que hayan de venir desde esas provincias a Madrid o las Castillas, no se embarcarán, sino que vendrán por el ferrocarril respetivo; de modo que en ningún caso conviene alargar, sino por el contrario, acortar la distancia de Madrid a Cartagena. Así lo vio S.S. antes; ahora lo ve de otra manera, y por eso ha determinado otra cosa; sin duda lo ve por otro prisma, y las cosas se le presentan de diverso color.

Pero en fin, sea de esto lo que quiera, ¿cree S.S. que el ferrocarril, en lugar de separarse en Chinchilla, debe seguir unido hasta Almansa a otro punto? Pues sí S.S. lo cree así, que en mi concepto no puede creerlo, porque a 400 leguas se ve que eso no puede ser, porque si bien separándose más allá de Chinchilla hubiera costado menos por ser menor la distancia, también es cierto que lo que cuesta vale, y S.S. ahora paga lo mismo por una cosa que vale menos, porque a la menor distancia de otros puntos entre si ha sacrificado la importancia económica, política y estratégica de Cartagena; pero si lo cree, ¿por qué, digo, no viene aquí a pedir la modificación de la ley?

Dice el Sr. Ministro de Fomento que todos los informes están acordes en la variación propuesta. Señores, la Junta consultiva, el inspector del ferrocarril y demás a quienes se ha consultado, lo que dicen es que les parece bueno que el camino parta desde Chinchilla, con tal que no se pague la subvención, mientras que el Sr. Ministro dice que se pague; pero como quiera que sea, esas corporaciones dicen al Gobierno: esto es más económico, haz tú, Gobierno, lo que debes hacer. ¿Y qué debe hacer, el Gobierno?

Venir aquí, a las Cortes, y decirles: " nos hemos encontrado con esta dificultad; venimos a modificar la ley de ese ferrocarril, y abonar a la empresa tanto, aunque nada debe abonársele, porque la empresa no pedía subvención. Y aquí voy a contestar a una observación del Sr. Ministro de Fomento: la empresa, sin que hubiera motivo ninguno de detención, sin que tuviera ningún obstáculo superior que vencer, faltó a lo que previene la ley."

Y faltó a la ley, porque la empresa debió haber empezado los trabajos dentro de los tres meses, y es a los siete cuando hace las primeras reclamaciones. ¿Por qué no empezó los trabajos a los tres meses según estaba obligada? Porque no quiso. Pues si no quiso, ahí estaba el Gobierno para obligarla a cumplir con la ley. Hubiera el Gobierno obligado a la empresa a cumplir con la ley, y enseguida podía haber venido a proponer la modificación que se pretendía. De ese modo habría cumplido el Gobierno con su deber. Porque S.S. ha disculpado la falta de cumplimiento de la ley en no haber empezado los trabajos a los tres meses, diciendo, señores, que había una condición que obligaba a empezar los trabajos par Albacete y Cartagena a la vez, y como la empresa presentó una proposición variando el trazado, como no podía empezar las obras en el primer punto hasta que se resolviera su petición, no pudo empezar las del segundo. ¡Vaya una lógica! De manera que según lo que el Sr. Ministro de Fomento nos acaba de decir, no hay cosa más fácil que infringir las leyes. A una empresa concesionaria la obliga la ley a comenzar los trabajos en un término dado: pues bien; si no quiere cumplirlo, con presentar una modificación del trazado, ya no está obligada a cumplir la condición que se le impuso. Pero en el caso actual aún se va más allá. Las condiciones obligaban a la empresa a empezar las obras por dos puntos a la vez, y la empresa con presentar una modificación al primero ha podido desentenderse de comenzar las obras por el segundo.

Si el Gobierno entiende así las leyes, no haya miedo de que en ningún caso se lo pueda acusar de que ha permitido que se falte a ellas.

La empresa debió empezar las obras por dos puntos a la vez, y aunque fuera una razón la que se ha alegado para que dejara de emprenderlas por uno de los dos puntos, no hay ninguna para que por el otro se abstuviera de cumplir la condición que se había impuesto. No se hizo así; la variación se inició siete meses después de la subasta. El señor Ministro de Fomento nos lo ha dicho; en Junio, yo no había esta circunstancia; S.S. nos ha dicho que la empresa inició la modificación en el mes de Junio: pues bien; desde Diciembre a Junio ¿cuántos meses van? Ya se ve que pasaron mucho más de tres meses, y sin embargo las obras no se empezaron en cumplimiento de lo mandado por la ley. Luego el Gobierno estaba en su derecho prescindiendo la contrata, después de lo cual podía venir a las Cortes a proponer la modificación, quedando el camino expedito para anunciar nueva subasta. Esa era la manera regular de proceder; eso era lo lógico, era lo conveniente; pero ese camino claro y expedito no parecía conveniente seguirle; ese camino le hubiera seguido cualquiera.

El Sr. Ministro de Fomento ha tratado de disculparse después de los cargos que yo le he hecho por haberse separado de los dictámenes de la junta consultiva, diciendo que no se había separado más que en una parte, que no se había separado por completo, porque en una parte había estado conforme con las dictámenes. Ya he dicho, señores, que la junta consultiva había manifestado siempre que no hallaba inconveniente en que el ferrocarril partiera de Chinchilla, pero con la condición de que no se subvencionara el trozo del camino desde Albacete.

No se haga ese trozo, decía la junta consultiva; pero si la empresa quiere, que se haga par su cuenta. Es decir, que la junta consultiva accedía con una condición a lo solicitado por la empresa; sin esa condición, no. De manera que la junta creía que podría partirse desde Chinchilla con la ventaja para el Estado de no tener que subvencionar los 18 kilómetros que hay desde Albacete. Es decir, que admitía la propuesta de la empresa, con tal de que esta costeara la doble vía que se iba a establecer entre Albacete y Chinchilla. ¿Es esto lo que ha hecho el Gobierno? No.

En último resultado viene el Sr. Ministro de Fomento a echar la responsabilidad de esta subvención que nosotros vamos a pagar innecesariamente, ¿a quién dirá el Congreso? A la ley. Ha dicho S.S. que si la ley hubiera fijado como [1.130] punto de arranque de la línea Chinchilla, en lugar de Albacete, el Estado se hubiera ahorrado ahora la subvención de 18 kilómetros. La ley no quiso que se ahorraran: los Legisladores no quisieron que se ahorraran; aquí se sometió ese punto a discusión y no quisieron, y S.S..tampoco lo quiso. Pero ahora con la ley y todo pudo el Sr. Ministro de Fomento ahorrarlos: primero, no oyendo esa proposición, habiéndola desechado, habiendo dicho que continuara el trazado aprobado; y segundo, habiendo dicho: ¿os conviene que el camino parta de Chinchilla? Pues bien voy a presentar esta modificación de la ley, y si por haber hecho algunas obras podía seguirse perjuicio a la empresa, hubiera podido este abonarse por medio de una tasación pericial. Esto era lo justo, esto lo conveniente, esto lo legal, y de que nunca ha debido apartarse el Gobierno.

" Que la junta consultiva no comprendía lo que se pedía." Señores, yo veo que lo expresa bien claro en sus informes. Pues qué ¿no divide en dos partes sus informes?

¿No dice: de dos cosas no tengo inconveniente en pasar por una, con tal de que la otra no se haga? La empresa propone ir a Chinchilla, desde Albacete para llegar a Pozo Cañada. Pues bien, dice la junta: verifíquese así con tal de que no se subvencione la vía desde Albacete hasta Chinchilla. Si esto no es comprender la cuestión, dígame S.S. lo que será. Lo que yo extraño es que el Gobierno la haya comprendido de la misma manera que resulta de la resolución que ha adoptado.

También el Sr. Ministro de Fomento ha querido disculparse del cargo que yo le he dirigido, no porque mandara informar a la junta consultiva en pleno, que para eso no tenía facultad S.S. Yo no conozco bien el reglamento a que esta sometida aquella corporación, y no sé si en él se establecen los casos en que debe informar una sección en particular, o en que deba informar la junta en pleno. Lo que a mí me chocaba era la distinta manera de proceder del Sr. Ministro mandando en un caso a la junta consultiva que informara la sección especial de ferrocarriles, y mandando en otro distinto que informara, no ya aquella sección, sino la junta consultiva en pleno. Pero el Sr. Ministro ha disculpado esa anomalía en la manera de proceder, y una de las razones que S.S. ha dado, no la quiero reproducir, porque la hilaridad que produjo en los Sres. Diputados dice bastante para que yo trate de mortificar más al Sr. Ministro contestándola aquí. No había razón ninguna para mandar a la junta consultiva que informara una vez bajo una forma, y otra bajo de otra distinta. En un asunto en que se llevaba ya invertido tanto tiempo, y que por otra parte era de interés, bien merecía que se hubiera retrasado quince días más, que era lo que podía ocasionar la ausencia de los individuos a que se ha referido S.S., y esto en caso de que el Sr. Ministro no la hubiese podido impedir.

También S.S. se ha hecho cargo de las razones que yo di para demostrar la anomalía que yo veía en eso de haber pedido informe a en ingeniero subalterno después de haberlo hecho la junta consultiva. El Sr. Ministro de Fomento no ha desvanecido mi argumento; lo único que ha hecho ha sido procurar atenuar ese hecho, diciendo que había nombrado al ingeniero autor del proyecto.

Si S.S. o el Gobierno querían informarse del autor del proyecto, debió hacerlo antes de acudir a la junta consultiva; pero después, nunca. Y además de que en la nota en que se proponía ese nombramiento no se proponía precisamente lo que dice S.S. " viene, dice la nota del Gobierno, que se nombre un ingeniero delegado;"y luego, como de una manera incidental, añade: " habiendo sido el Sr. Almazán autor del proyecto, ninguno mejor que este puede servir de ingeniero delegado." De manera que la circunstancia de haber hecho el proyecto no constituía la base del nombramiento; la determinación del nombramiento había sido la consecuencia que fuera el Sr. Almazán; y así dice: " conviene nombrar un ingeniero delegado;" y luego añade: " como el Sr. Almazán es el autor del proyecto, es el que está llamado a este servicio particular."

Yo veía recorrer este camino tan desusado, y me hacía este argumento: " Si no ha sido para buscar un informe favorable que no se hallaba, ¿para qué había de ser? "

Por lo demás, yo no hacía cargo alguno al Gobierno porque hubiera nombrado a un ingeniero para dar informe sobre eso, y mucho menos al autor del proyecto. Mi cargo se dirigía al modo de proceder, al modo de rebajar la jerarquía; el motivo de mi cargo se dirigía a lo anómalo de los trámites que se han llevado en este negocio; porque después de la junta consultiva no debe informar ningún individuo, por más ilustrado y por más elevado que sea, como tampoco es permitido que dado un informe por el consejo Real se consulte a un subalterno, por alta que sea su categoría, para que informe sobre el mismo asunto, después de haberlo verificado aquella alta corporación. Si lo contrario son buenos principios de administración, lo serán para S.S. y para el Gobierno de la unión liberal; pero no lo serán para mí ni para los que tengan algunas nociones de administración.

Decía S.S.: la empresa no ha ganado mucho; ha ganado algo, pero no mucho, con la modificación; lo que ha ganado es una doble vía. Pues esa doble vía es lo que no debía haber ganado, porque la empresa debió haberla hecho por su cuenta, como era de su deber. ¿Le parece a S.S. poco ganar una doble vía en tres leguas? ¿Le parece poco permitir a una empresa hacer tres leguas de camino y darle cinco millones y pico, cuando tiene que hacerle por su cuenta? Pues si eso no es ganancia, no sé lo que S.S. llamará auxilio y ganancia.

Ya he demostrado, bajo los dos puntos de vista con que esta cuestión puede examinarse, que siempre ha sido gratuita y oficiosa la subvención que al Gobierno ha dada. Si se considera respecto a la doble vía, la empresa tenía el deber de hacerla; y la prueba de que era su deber el hacerla, es de que S.S. nos ha confesado que la empresa no ha ganado mucho; que lo que ha ganado es 900.000 rs.; es una doble vía, es un apostadero, siendo así que esa doble vía estaba en el deber de hacerla por su cuenta y con sus fondos.

En ese sentido, y no en mala parte, había yo querido hablar de regalo; y a pesar de todo, recuerde S.S. cómo lo dije:" Si no fuera porque la palabra parece mal, llamaría regalo; pero la llamaré subvención innecesaria;" y esto ha herido la susceptibilidad de S.S., hasta el punto de salirse un poco de las buenas prácticas parlamentarias; pero yo repito que se lo dispenso a S.S.

Después S.S. acabó dando una grande importancia a las condiciones que se han supuesto. En cambio, decía su señoría, se le impone a la empresa: primero, que no se aproveche en esta vía de ninguna de las obras que están hechas para el camino de Madrid a Alicante; pero esto quiere decir que si ahora no se aprovecha, se aprovechará después. Además S.S. ha padecido una equivocación al hablarnos de una de las condiciones que se imponen a la empresa; S.S. nos ha dicho que si resulta mayor la longitud de Albacete a Pozo Cañada, de esa mayor longitud no recibirá la empresa subvención. Yo, aunque no he tenido tiempo bastante para leer el expediente, sin embargo, por lo visto lo conozco mejor que S.S. Si fuera esa la condición, habría alguna compensación, poca; pero no es eso: la condición no es por la mayor extensión del trazado entre Albacete [1.131] y Pozo Cañada, sino entre Albacete y Hellín, y esto es distinto.

Yo he dicho ya que habiéndose variado y acortado el trozo de Hellín a Pozo Cañada, esa condición queda ilusoria; yo ya he dicho que no se ha acortado tanto como se alargó el primero desde Albacete a Pozo Cañada; y la diferencia que S.S. ha indicado, apenas llega a un kilómetro; de modo que lo único que la empresa da son 300.000 rs. que corresponden a un kilómetro; es decir, 15.000 duros por 5½ millones de reales que quedarán absorbidos por la construcción de ese doble camino. Respecto a la estación de Albacete, de que se ha ocupado S.S., yo he dicho que la empresa tenía obligación de hacer una estación que le costaba 2 millones de reales; ahora dice S.S., que se hará, pero será cuando el Gobierno lo mande, cuando sea necesaria, que no lo será nunca, porque Albacete queda reducido a una estación de paso, y por lo tanto no será necesaria; y aún suponiendo que fuera necesaria, pudiera hacerla dentro de sesenta años. ¿Le parece al Sr. Ministro de Fomento el permitir a una empresa que en vez de gastar 2 millones hoy, no los gaste hasta dentro de sesenta años? De todos modos, la pequeña subvención que no se da a la empresa no Ilega a 300.000 reales, mientras que la subvención efectiva que da el Gobierno en las tres leguas desde Albacete a Pozo Cañada pasando por Hellín, es de 6 a 7 millones de reales.

Por último, S.S. decía que por el mayor aumento que resulta del rodeo, no recibirá subvención la empresa. También S.S. está equivocado, y por lo visto conozco yo mejor la ley que S.S. No dice eso la empresa; la empresa en la proposición que hace el Gobierno lo entendía como yo lo digo; pero en la Real orden se dice que si resulta mayor longitud en toda la línea de Albacete a Cartagena que la que había por el trazado oficial, no subirá la empresa los derechos de peaje y trasporte correspondientes al aumento que pueda resultar por el rodeo del primer trozo; pero como la empresa sabe que por haberse acortado en un trozo la línea queda ese mayor rodeo envuelto en el acortamiento, resulta que esto es una condición ilusoria.

Yo siento mucho que S.S. crea que esas condiciones sean reales y verdaderas y que han de tener cumplimiento, porque me indicaría una cosa que yo no quiero creer en S.S. Ya he dicho antes que todas esas condiciones son ilusorias, que no significan nada. Por consiguiente, si S.S. cree que eso puede ser de efecto, lo siento por S.S.

Siempre pues resultará que el Gobierno ha subvencionado con las subvenciones otorgadas aquí a líneas de la mayor importancia la parte de una vía absolutamente innecesaria; siempre resultaría que el Gobierno; que tiene satisfechas las atenciones generales del Estado en lo que tiene relación a las comunicaciones del centro de la Península con el Mediterráneo, ha subvencionado una línea que le era absolutamente innecesaria. ¿Qué diferencia hay entre que el ferrocarril de Cartagena empalmara en Chinchilla y de allí fuese a Cartagena, o que empalmando en otro punto, v. gr., el mismo Alicante, marche de allí a Cartagena? La diferencia sería muy poca, y acaso en otro punto intermedio sería menor, por ser más corta la distancia; pero no habría un trozo con dos vías, una de las cuales es innecesaria. ¿Es necesario eso? No. ¿Necesita el Estado dos vías entre Chinchilla y Albacete? No; porque entonces serían también necesarias dos vías entre Albacete y Madrid, porque a esta vía afluye el tráfico de la provincia de Alicante, de Aranjuez y de Toledo. Y si de Albacete a Madrid no se necesita más que una sola línea, ¿cómo el Gobierno subvenciona dos entre Albacete y Chinchilla? ¿Podrá haber razón para esto? No hay ninguna razón, Sres. Diputados. Claramente lo ha visto el Congreso; ninguna, absolutamente ninguna razón nos ha dado el Sr. Ministro de Fomento. Toda su argumentación ha consistido única y exclusivamente en que conviene que el ferrocarril de Albacete a Cartagena pase por Chinchilla, porque así aun cuando se alargue algo la distancia a la corte, se acorta mucho, en 37 kilómetros dice S.S., la distancia de Alicante o Valencia a Murcia. Y como he demostrado antes que eso también es un inconveniente, resulta en definitiva que no hay fundamento para la variación del trazado.

Respecto de la construcción de la línea, creo que S.S. está tan interesado como yo en que comience cuanto antes. Pero la verdad es que ha hecho muy poco para que comiencen. La verdad es que hace quince meses, o va a hacer quince meses, es decir, cinco veces más tiempo fue el marcado por la ley, que la línea se adjudicó y aún no han comenzado las obras. Y yo que más de una vez he procurado por la conclusión de esta línea, sin que a ello me mueva ningún interés personal, porque en aquel país no tengo familia, ni amigos, ni propiedad, no tengo más que un grande interés por el puerto de Cartagena y un gran deseo de satisfacer una necesidad política y estratégica; uniendo nuestra capital con aquel puerto del Mediterráneo importante tanto por su población como por su situación geográfica; yo antes de que Ilegara esta ocasión, sabe S.S. muy bien que he tenido grandísimos deseos por la terminación de esta línea. Y sin embargo de todo este tiempo trascurrido y de las excitaciones que he recibido de la provincia de Murcia, nunca he querido decir nada a S.S., por temor de que no retrasara todavía más la ejecución de la vía. Yo nunca he querido excitar a que el Sr. Ministro de Fomento cumpliese lo que había prometido a los dignísimos Diputados de aquella provincia, con cuya amistad me honro, la ejecución inmediata de la línea, por si acaso esta excitación producía mal efecto, y en vez de adelantar se retrasase el principio de las obras. Y así, lleno del mejor deseo, he callado un día y otro día, un mes y otro mes, y se han pasado, no los tres meses que la ley marca para comenzar las obras, sino quince sin que la ley se cumpla. No sirve la disculpa de S.S. de que la empresa no ha podido empezar las obras, porque habiendo de principiarse estas por los dos extremos de la línea, y habiendo la compañía propuesto la variación de uno de estos extremos, no podían comenzar las obras. La compañía presentó estas proposiciones de modificación siete meses después de la adjudicación de la vía, es decir, cuatro meses después de lo prevenido en la ley. De manera que cuatro meses antes de haberse presentado estas proposiciones, quizás con el único objeto de no principiar las obras, podía haberse rescindido el contrato y traído esa cuestión a las Cortes. Por consiguiente S.S. no tiene disculpa: primero, en el atraso de la línea y segundo, en la resolución que ha adoptado contraria a los buenos principios de administración, opuesta al interés público, y altamente inconveniente a los intereses del país.



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